6. Impuestos
6. Impuestos
En PigMio siempre al lado del ahorrador, y este es una de las clases más importantes. Las famosas desgravaciones y deducciones nos pueden ahorrar muchos impuestos si sabemos usarlas.
Todos hemos oído hablar de las deducciones en la declaración de la renta, pero ya es hora de saber todos las que hay para poder aprovecharlas y también saber cuándo no las podemos usar para evitar sorpresas.
Si compramos nuestra vivienda habitual antes del 2013 podemos seguir deduciéndonos todos los gastos asociados a esta, aunque desde el 2013 ya no está vigente para nuevas compras de vivienda.
Esta deducción solo está permitida si nos compramos la casa antes del 2013.
En el caso que hubiéramos contratado una hipoteca para comprar la vivienda, podremos deducirnos el pago de la cuota que incluye tanto la amortización e intereses 🙂 .
Incluso también podemos deducirnos el seguro de vida y de hogar vinculados a la hipoteca (el que el banco te obligó a firmar), podemos deducirnos la prima del seguro 🙂 .
El importe máximo será un 15% sobre una base máxima de 9.040, así que podemos desgravar como máximo 1.356€.
Si nuestra hipoteca es después del 2012 ya no podremos aprovecharnos, y mucho cuidado con ponerla ya que Hacienda nos pillaría automáticamente.
Si estamos alquilados podremos tenemos que estar atentos a todas las posibles deducciones que podamos usar:
Existía una deducción estatal, pero ahora solo pueden beneficiarse aquellos que aun estén alquilados su vivienda habitual si su contrato fue firmado antes del 2015. Muy poca gente puede seguir beneficiándose de esta desgravación estatal.
Se podrán deducir un 10,05% del alquiler total pagado durante el año siempre que la base imponible sea menor de 24.107,20€.
Adicionalmente algunas comunidades autonómicas sí que tienen vigente otra desgravación por alquiler y podrán acceder a estas siempre y cuando se cumplan sus condiciones.
Mientras que la deducción estatal ya no está vigente, existen deducciones en la mayoría de las comunidades
Los propietarios de los pisos que ponen sus pisos en alquiler también tienen una ayuda fiscal, siempre y cuando el alquiler sea vivienda habitual (ni alquiler vacacional, ni locales comerciales)
Los ingresos del alquiler, están incluidos dentro de la Base Imponible General y tendrá que pagar impuestos por ello (impuestos 19% – 47%).
La gran «ventaja fiscal» reside en que podemos desgravar de los ingresos, los gastos que el propietario tiene del piso, con ciertos límites (hasta un 60% de tus ingresos con los gastos que tengas)
Podemos desgravarnos hasta un 60%, y solo pagaríamos impuestos sobre el 40% de los ingresos del alquiler
Los gastos que podemos considerar para compensar los ingresos son:
Como ventaja adicional, si tenemos más gastos que no podemos usarlos por llegar al límite del 60%, podemos guardarlos para aplicarnos los siguientes años 🙂 .
Con el objetivo de promover la creación de nuevas empresa, Hacienda nos permite deducirnos un porcentaje si invertimos en estas. A parte de poder ganar dinero con la inversión, nos permite ahorrarnos muchos impuestos 🙂
Podemos deducirnos hasta el 30% de la inversión en empresas de nueva creación con una base máxima de 60.000€.
Para disfrutar de esta deducción es necesario que la inversión sea a través de suscripción de acciones o participaciones de estas empresas. Tiene que ser una inversión formal, no prestarle dinero a un amig@ para su idea.
Son deducciones por invertir en empresas nuevas, pequeñas y de reciente creación.
Hacienda nos permite deducirnos las donaciones que hacemos, en cierta manera nos está animando a que seamos más solidarios.
Nos podemos deducir hasta el 70% por donaciones
Por donaciones menores a 150€ podremos deducirnos un 70%, mientras que si las donaciones son superiores a 150€ podremos deducirnos un 30% o 35%.
Si hacemos una donación a Cruz Roja por 100€ podremos deducirnos 70€, y por tanto la donación realmente nos habrá costado 30€ 🙂
Tenemos otra ventaja para pagar menos impuestos, podemos deducirnos las cuotas que pagamos al colegio profesional siempre y cuando estás sean obligadas para ejercer la profesión (médicos, abogados, arquitectos…)
Deducir la cuota del colegio profesional hasta un límite de 500€ trabajando por cuenta ajena.
Es importante matizar que solo se puede deducir la cuota como tal, no se puede deducir el IVA de la cuota.
Una de las mayores ayudas que viene por parte de Hacienda para aligerar la carga fiscal, es cuando tenemos hijos.
Existe una gran diferencia a la baja en los impuestos si tenemos hijos, y esto vienes por las grandes ayudas que existen. Estas consisten en aumentar la cantidad mínima que no está sujeta a impuestos 🙂
Hacienda interpreta que al tener hijos necesitas una mayor cantidad de dinero y aumenta la cantidad de ingresos que no está sometido a impuesto. Existen 3 grandes ayudas:
En la siguiente clase veremos cuantos impuestos podemos ahorrarnos por tener hijos.