Elena, encantado de ayudarte.
Efectivamente, las pérdidas que vengan por la venta de acciones pueden compensar con otros beneficios que vengan por: rendimientos de capital mobiliarios (dividendos, intereses de un depósito, intereses de una cuenta corriente) o por otras ganancias patrimoniales (ganancias por venta de otras acciones, por fondos de inversión o incluso con ganancias por vender tu casa).
Siempre podremos compensar «ganancias patrimoniales» con «perdidas patrimoniales» sin limites, y también podremos compensar con rendimientos de capital mobiliario con algunos límites (del 25%).
La ventas de acciones se registran en la casilla 327